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Circular Nº 108 – Se podrá reincorporar a los trabajadores mayores de 60 años con una dosis de la vacuna contra el covid-19. Res.Conj. 4/2021

Publicado por en la categoria Listado de Circulares. el dia 12/04/2021


Circular Nº 108

Resolución Conjunta 4/2021 – Ministerio de Salud

Estimados Colegas,

Le informamos que en el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial de la Nación,  la Resolución conjunta 4/2021, del que resulta:

  • La posibilidad de los empleadores de convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19.
  • De este modo, se podrá convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores, incluidos los dispensados de la misma por ser mayores de 60 años de edad, o pertenecer a grupos de riesgo conf. definición de la autoridad sanitaria nacional, que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación.
  • Los trabajadores convocados deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación.
  • Los trabajadores que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores.
  • Se exceptúa de la convocatoria a personas con Inmunodeficiencias: Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable), personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días). También a pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos. –

 

Descargue Resolución Conjunta 4/2021

https://cagesra.org.ar/wp-content/uploads/2016/04/aviso_242821.pdf

 

Saluda Atentamente,

LA COMISIÓN DIRECTIVA