Circular N° 90 ACUERDO DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Publicado por Cámara de Garajes en la categoria Listado de Circulares. el dia 26/05/2020
Buenos Aires, 22 de Mayo 2020.-
Circular N° 90
ACUERDO DE SUSPENSIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
ART. 223 bis LCT PARA EL SOSTENIMIENTO DEL TRABAJO Y LA ACTIVIDAD
Estimado Colegas,
Le informamos el acuerdo entre FOESGRA, SOESGyPE y la CÁMARA DE GARAGES, ESTACIONAMIENTO Y ACTIVIDADES AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA- CAGESRA a los efectos del uso de la herramienta del art. 223 bis de la LCT.
Requisitos:
- Empleados que no estén prestando tareas total o parcialmente.
- Empleado percibirá una asignación no remunerativa en los términos del art 223 bis de la LCT, de modo tal que se le garantice el 100% de la remuneración neta que le correspondería percibir por el período de la suspensión
- Solo tributará las leyes 23.660 y 23.661 – Obra Social-
- Regirá para los haberes de Abril y Mayo 2020.-
- Durante el mes de mayo de 2020 se monitoreará la situación sanitaria, a efectos de revisar lo acordado en función del contexto imperante.
El acuerdo sindical adjunto se ha firmado, y se ha remitido para su homologación en el Ministerio de Trabajo.
Los acuerdos marcos colectivos se homologan sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos.-
Con lo cual entendemos que, cada garajista, que adhiera al presente acuerdo debe seguir los siguientes pasos:
- Firmar nota de adhesión (modelo adjunto). Los datos mínimos que debe contener son:
- Lugar y fecha
- Razón Social y CUIT de la empresa
- Domicilio legal de la empresa
- Correo electrónico del apoderado
- Teléfono celular del apoderado
- Seccional que le corresponda a la empresa.
- Nombre y apellido del apoderado
- Firma del apoderado
- Tipo y nro. de documento del apoderado de la empresa
Escanear la nota firmada.
- Imprimir listado del personal que podrá estar afectado por las suspensiones durante la vigencia del acuerdo detallando CUIL y Apellido y Nombre y teléfono celular habilitado para comunicaciones, con domicilio de prestación habitual.
Firmar el listado y escanear.
- Escanear el instrumento por el cual se acredita la personería del firmante (según sea apoderado o representante legal, será el poder o las actas respectivas y estatuto).
- El paso siguiente es hacer la presentación a través del envío por correo electrónico a la Mesa General de Entradas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social adjuntando la Nota, la Personería y la Planilla completas y firmadas a: mesadeentradas@trabajo.gob.ar (con el número de expediente del acuerdo colectivo en el asunto.
- La operatoria se completa informando vía correo electrónico mensualmente a la seccional SOESGyPE perteneciente a la localidad de su empresa el detalle de las suspensiones de personal correspondientes al mes en curso que se efectivizaron. El mismo detalle de suspensiones deberá ser remitido mensualmente al MTEySS a: mesadeentradas@trabajo.gob.ar.
- Aclaración: Se encuentra habilitada la competencia de la Nación para la adhesión para casos de establecimientos de todo el país.
Buenos Aires, de Mayo de 2020.
Ref. Adhesión Expte. ………
A la Sra. Directora a cargo
de la Dirección Nacional de Regulaciones y Relaciones del Trabajo.
Dra. Gabriela Marcello
S / D
En mi carácter de apoderado de , C.U.IT. , con domicilio legal en , conforme surge del poder que adjunto, y en el marco de la Resolución MTESS 344/20 que habilita el procedimiento virtual, me dirijo a usted a fin de comunicarle la expresa adhesión de esta empresa a los términos del acuerdo de suspensiones conforme art. 223 bis LCT celebrado el día ….de Mayo del corriente año entre SOESGyPE. y CAGESRA y que obra en expediente ………………-APN-DGDYD#JGM – Acuerdo 2020-……………-DGDYD#JGM.
Asimismo, a fin de dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la Resolución MTESS 344/20 y Resolución MTESS 397/20 se adjunta la nómina de personal que en el ámbito de representación de SOESGyPE podrá ser afectado por las suspensiones simultáneas, alternadas, rotativas, totales o parciales, dispuestas en el acuerdo colectivo de marras.
En la misma planilla adjunta se denuncian los teléfonos personales de los dependientes involucrados en las medidas, habilitados todos ellos como medio de comunicación válido por Resolución MTESS 344/20. A continuación, se constituyen los medios válidos correspondientes a la empresa:
Correo electrónico:
Teléfono celular:
Domicilio material:
A efectos informativos se deja constancia que la empresa se encuentra
La seccional CABA de SOESGyPE .
Sin otro particular, saludo a usted atentamente.
Aclaración- DNI
ANTE CUALQUIER CONSULTA COMUNIQUESE A LOS TELÉFONOS PUBLICADOS EN LA WEB
15-3102-7590-15-3336-6000-15-3807-5233.