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CÁMARA DE GARAJES, ESTACIONAMIENTOS Y ACTIVIDADES AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA

AFIP – Nota de la Cámara de Garajes, Estacionamientos y Actividades Afines de la Rep. Argentina –

Publicado por en la categoria Ultimas noticias el dia 23/04/2020


Administración Federal de Ingresos Públicos
2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO
Providencia

Número: PV-2020-00231725-AFIP-DIGEDO-#DGCTI

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 21 de Abril 2020

Referencia: Nota de la Cámara de Garajes, Estacionamientos y Actividades Afines de la Rep. Argentina –
CAGESRA


CÁMARA DE GARAJES, ESTACIONAMIENTOS Y ACTIVIDADES AFINES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA “CAGESRA”
Sr. Eduardo O. SANCHEZ
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en respuesta a su nota del 13 de abril de 2020, enviada por correo electrónico, en la que solicita se incluya la actividad que representa dentro del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo “ATP”, y respecto de la cual se adelantó la respuesta a través de comunicación telefónica.
Al respecto, y como es de público conocimiento, el Gobierno Nacional se encuentra realizando ingentes esfuerzos para paliar la crisis originada por la pandemia ocasionada por el COVID-19.  En este contexto, informo a Ud. que el COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN creado por el Decreto Nº 332/20, que integra esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, analizó la situación particular que atraviesan determinados sectores, entre otros, aquellos que desarrollan la prestación de servicios de garaje, actividad que aun cuando ha sido considerada esencial, su funcionamiento habitual se ha visto seriamente afectado en virtud de la coyuntura actual.
Por ese motivo es que se propuso “Extender la recomendación efectuada en el apartado b), punto 2.1.b del Acta 1 de este Comité a las actividades incluidas en el listado anexo al informe técnico adjunto a la presente Acta 2”, de esta manera se propició incluir las actividades relacionadas con la prestación de servicios de garaje, entre otras, en el listado de actividades, respecto del cuales este Organismo se encuentra facultado a evaluar la postergación del pago de las contribuciones patronales correspondiente al período  fiscal devengado en el mes de marzo de 2020.
Dicha propuesta fue aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros mediante la Decisión Administrativa Nº 516 del 16 de abril de 2020 (B.O. 17-4-20).  Asimismo, se hace saber que en el día de la fecha salió publicada en el B.O, la RG 4702/20 que dispuso la reapertura excepcional hasta el 23 de abril de 2020, para la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción.

Saludo a Ud. atentamente.

PV-2020-00231752-AFIP-DIGEDO-SDGCTI