Buenos Aires, 31 de julio de 2024.-
CIRCULAR N° 148
Resolución GCBA N°83/SSGU/24
MATAFUEGOS
Estimados Colegas:
Se informa que se ha publicado en el Boletín Oficial Nro 6910 la Resolución GCABA N.º 83/SSGU/24, (11-07-2024), la cual modifica el Reglamento Técnico RT-050107-020601-09, dicha resolución EXIGE realizar el informe de dotación de los extintores (matafuegos) y los controles periódicos de manera TRIMESTRAL o según el uso del establecimiento, con la frecuencia que indique la Norma IRAM 3517-2/2020.
Esta resolución surge de la actualización del reglamento técnico mencionado, haciendo expresa mención en el Art. 8.b sobre el tratamiento de los equipos exponiendo que:
«Para realizar el control de la dotación y de los extintores de una propiedad, el responsable designado deberá contar con una Empresa responsable de brindar dicho servicio, la cual deberá estar debidamente Registrada.
El control de la dotación y de los extintores de una propiedad deberá efectuarse en forma trimestral desde la fecha de emisión de la tarjeta del extintor y el resultado del mismo se comunicará conforme lo determine la Autoridad de Aplicación.
El agente extintor será reemplazado o repuesto cuando fuere utilizado en la descarga o haya perdido sus propiedades de extinción. La recarga, el mantenimiento, la revisión e identificación con la tarjeta digital, deberá ser realizada en una empresa registrada.
El equipo debe salir del establecimiento totalmente identificado con la tarjeta, sin excepción.
Les recordamos que los informes y controles periódicos de conformidad con la norma IRAM 3517-/2020 deben ser realizados por las empresas inscriptas en el Registro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de Extintores del GCABA, puede consultar las empresas desde el siguiente link https://data.buenosaires.gob.ar/dataset/registro-fabricantes-reparadores-recargadores-extintores.
Saluda atentamente,
LA COMISIÓN DIRECTIVA